El ADR 2025 (Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera) introduce novedades que permiten avanzar hacia la digitalización documental, una tendencia que no solo moderniza el sector, sino que lo prepara para un futuro más eficiente, transparente y sostenible.
Ya vimos en el post Ventajas del eCMR en el transporte de mercancías peligrosas cómo digitalizar los documentos de transporte de mercancías peligrosas. En este post, vemos cómo funciona el ADR y qué implicaciones tiene su última modificación.
Tal y como se recoge en el BOE, el Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), se firmó en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, en el seno de la CEPE (Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas) y entró en vigor el 29 de enero de 1968.
La adhesión de España al ADR se produjo el 22 de noviembre de 1972 y entró en vigor para nuestro país el 22 de diciembre de 1972.
El texto del ADR consta de 17 artículos y dos anejos, A y B.
Los anejos A y B del ADR se actualizan mediante enmiendas cada dos años para ajustar su contenido a los avances tecnológicos, productivos y los nuevos materiales que van surgiendo.
Así, teniendo en cuenta que la última modificación fue en 2023, en enero de 2025 se aprobó el nuevo ADR, entrando en vigor el 1 de julio de 2025.
El aspecto más relevante del ADR 2025 para el transporte de mercancías peligrosas es el respaldo normativo que otorga al uso de la documentación electrónica.
Así, el nuevo ADR admite el formato electrónico según lo recogido en el apartado 5.4.0.2:
“Es admisible recurrir a las técnicas de tratamiento electrónico de la información (TEI) o de intercambio de datos electrónicos (EDI) para facilitar el establecimiento de los documentos o sustituirlos, siempre que los procedimientos […] permitan satisfacer, de manera al menos equivalente a la utilización de documentos en papel, las exigencias jurídicas en materia de fuerza probatoria y de disponibilidad de los datos en el transcurso del transporte”.
Esto supone un respaldo legal explícito al uso de documentos digitales en el transporte de mercancías peligrosas, siempre y cuando:
Aunque esta nueva normativa abre la puerta a la digitalización documental del transporte en las mercancías peligrosas, no elimina el papel de sus procesos de verificación.
En este sentido, el apartado 5.4.0.3 del ADR 2025 establece la obligatoriedad de llevar siempre en cabina una copia en papel de los documentos obligatorios:
“Cuando la información […] se entregue al transportista por medio de técnicas de TEI o EDI, el expedidor deberá poder presentar la información en forma de documento en papel sin demoras y con la información en el orden exigido”.
En la práctica, esto significa que, aunque el documento sea digital, debe poder imprimirse de inmediato en caso de inspección o incidente, respetando el formato exigido por la norma, que es el papel.
Es decir, la digitalización es posible, pero el papel sigue siendo necesario como respaldo operativo.
Otro de los puntos clave del ADR 2025 es la obligatoriedad de llevar en cabina la documentación relativa a las mercancías peligrosas, sea en formato papel o electrónico.
En concreto, el capítulo 8.1.2 del ADR 2025 establece qué documentos deben ir obligatoriamente en cabina durante el transporte:
Todos estos documentos deben ir físicamente presentes en la cabina. Las instrucciones escritas, en particular, deben estar al alcance inmediato del conductor.
Cuando se emplea la versión electrónica de los documentos obligatorios, el transportista tiene la obligación de asegurar:
Esto implica que el uso de documentos electrónicos no exime de llevar la información en cabina, y no elimina la necesidad de contar con dispositivos o sistemas que aseguren su acceso rápido y fiable.
Con respecto al ADR 2025, el expedidor debe:
Por su parte, el transportista debe:
ADR 2025: transición a un entorno digital
Aunque en el ADR 2025 el papel sigue siendo exigible, especialmente como copia de respaldo cuando se emplea documentación electrónica, la nueva normativa abre la puerta a la digitalización documental.
Esta actualización del ADR sigue la línea de la Administración de apostar por la obligatoriedad de la digitalización de la gestión documental en el transporte de mercancías, tal y como se refleja en la futura Ley de Movilidad Sostenible y en el Reglamento eFTI.
Por ello, las empresas del sector deben prepararse para operar en un entorno donde la documentación electrónica ya no solo es viable, si no que cuenta con respaldo normativo y jurídico para, en un futuro próximo, ser obligatoria.
El módulo de digitalización de gestión documental del transporte de FIELDEAS Track and Trace, al que denominamos SeamLess eCMR, ya permite digitalizar todos los documentos de transporte, sea cual sea el tipo de mercancía.
Así, nuestro módulo está preparado para responder a los requisitos normativos y jurídicos de los documentos ADR y otorga plena flexibilidad tanto a transportistas como a cargadores.
Siempre con el cumplimiento de la regulación garantizado, nuestra solución se adapta a distintos escenarios según la relación existente entre cargadores y operadores logísticos.
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