El eCMR o carta de porte electrónica es una solución esencial para seguir impulsando la digitalización del transporte de mercancías por carretera.
Aunque es una solución esencial, su implementación no está generalizada por la inseguridad regulatoria, la ausencia de un líder que inicie el cambio y la cultura del rechazo al cambio que tradicionalmente ha acompañado a la carretera.
En este artículo, abordamos en profundidad qué es el eCMR, cuál es su regulación en España, su evolución normativa y los horizontes temporales clave que marcarán su adopción obligatoria. Además, exploramos cómo las empresas pueden adelantarse y beneficiarse de esta transformación digital.
El CMR o carta de porte es un documento de transporte por carretera que formaliza el contrato del envío de una mercancía. Es decir, este documento prueba la existencia de una relación contractual entre un cargador y una empresa de transporte y recoge las condiciones de dicho contrato.
En línea con la transformación digital, el CMR ha evolucionado hasta su versión paperless, dando paso a la carta de porte digital o eCMR.
Esta versión tiene la misma funcionalidad y garantía legal que la tradicional y, aunque todavía no es de uso obligatorio, el eCMR en España está mucho más avanzado que en otros países europeos.
El CMR nació en 1956 en Ginebra con la firma del Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR).
Sin embargo, el CMR en España no nace hasta el 13 de mayo de 1974, momento en el que se aprobó el Instrumento de Adhesión de España al Convenio.
Aunque la digitalización parece ser una tendencia nacida hace pocos años, fue en 2008 cuando se aprobó en Ginebra el Protocolo Adicional al Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, relativo a la carta de porte electrónica, es decir, al eCMR.
El CMR electrónico en España llega con su adhesión en agosto de 2011 al citado Protocolo Adicional. Tal y como recoge el texto, “toda carta de porte emitida conforme al presente Protocolo será considerada como equivalente a la carta de porte a que se refiere el Convenio, y por ello, tendrá la misma fuerza probatoria y producirá los mismos efectos que esta última”.
De esta forma, se blindaba normativamente la carta de porte digital o eCMR en España y se avanzaba así en la transformación digital del transporte de mercancías por carretera.
La carta de porte, tanto en su versión tradicional como en su versión digital, se debe expedir en tres ejemplares originales, firmadas por el remitente y el transportista. Tal y como recoge el Protocolo CMR en España, el primer ejemplar será enviado al remitente, el segundo acompañará a la mercancía y el tercero será retenido por el transportista.
En la versión digital, los gastos de emisión y custodia de este documento de transporte se eliminan al recibir todos los agentes implicados el eCMR en sus dispositivos.
Tal y como recoge el Instrumento de Adhesión de España al convenio sobre el CMR, la carta de porte, bien sea en papel o en formato electrónico, debe contener la siguiente información:
El Protocolo eCMR en España también establece que se pueden añadir otras indicaciones si se requiere, así como cualquier otra información que se crea conveniente:
La normativa para el CMR y el eCMR en España está viva y, a medida que se detectan nuevas necesidades, se van aprobando nuevas modificaciones a los reglamentos originales.
El Protocolo eCMR en España sufrió una nueva modificación normativa con el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte.
En este texto normativo se estipuló la obligatoriedad de formalizar una carta de porte si el precio del transporte supera los 150 euros, con el objetivo de blindar el contrato de transporte de forma probatoria.
En este caso, la carta de porte debe incluir las siguientes menciones obligatorias:
El 22 de mayo de 2023 se publicó una modificación del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
En concreto, en lo relativo a las características que deben cumplir los soportes y aplicaciones informáticas de la documentación de control que se cumplimente por medios electrónicos.
Así, el eCMR o carta de porte digital en España únicamente tendrá validez legal y jurídica cuando los datos consignados sean accesibles a toda persona habilitada para ello; se garantice el almacenamiento de los datos y el envío de documentos; y cuenten con las firmas electrónicas de todos los intervinientes con las siguientes características:
La última modificación del ROTT también aclara el sistema de control de la documentación del transporte en soporte electrónico por parte de los agentes de las fuerzas de vigilancia del transporte en carretera.
Esta modificación estima dos sistemas de control:
La Ley de Movilidad Sostenible hará obligatorio el documento de control en formato digital.
En su disposición transitoria 8ª estipula que “el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera deberá ser necesariamente digital a partir del 1 de septiembre de 2024”.
Es decir, el eCMR en España debería ser obligatorio desde el tercer cuatrimestre del 2024. Sin embargo, el retraso de la aprobación de la Ley de Movilidad Sostenible hace que esta fecha pierda validez y se deberá esperar a su aprobación final.
La Unión Europea estableció el marco para el desarrollo del documento electrónico de transporte dentro de la UE con el Reglamento (UE) 2020/1055.
Este reglamento viene a determinar las vías para presentar a los agentes autorizados encargados del control del transporte del Estado miembro la documentación.
El texto señala que durante el control de carretera, el conductor estará autorizado a ponerse en contacto con la sede central, el gestor de transporte o cualquier otra persona o entidad a fin de aportar la carta de porte electrónica. Sin embargo, no establece un horizonte temporal claro para su entrada en vigor.
El Reglamento eFTI, Electronic Freight Transport Information, también afectará al eCMR en España.
El presente Reglamento establece un marco jurídico para la comunicación por vía electrónica de información reglamentaria relativa al transporte de mercancías en el territorio de la Unión entre los operadores económicos interesados y las autoridades competentes.
Según se establece en el texto, a partir de julio de 2027 todas las administraciones estarán obligadas a aceptar la documentación del transporte en formato electrónico. Sin embargo, no es hasta 2029 cuando se podría aprobar la obligatoriedad de que todos los agentes implicados utilicen documentación electrónica, como el eCMR.
Adoptar el eCMR va mucho más allá de una obligación legal. Se trata de una oportunidad de modernizar el transporte por carretera con beneficios inmediatos.
Con todo lo anteriormente visto, resulta de vital importancia que el sistema de eCRM que se implemente en una empresa de transporte, en una empresa cargadora o en un operador logístico responda a todos los requisitos normativos expuestos en los puntos anteriores.
En este sentido, el SeamLess eCMR de FIELDEAS Track and Trace es uno de los pocos en el mercado que ofrece completa garantía jurídica y regulatoria al tener capacidad de incluir toda la información requerida en función del tipo de transporte e incluir en el tratamiento de la documentación la firma digital avanzada, así como garantizar la integridad de la información en la custodia del documento.
Además, la solución de FIELDEAS Track and Trace permite que la información de carga sea verificable por parte de las autoridades, bien sea a través de un código numérico o a través de un código QR.
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